De acuerdo con el Real Decreto 390/2021, el certificado energético en Cortegada debe ser realizado exclusivamente por técnicos competentes que posean la titulación académica habilitante. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos debidamente colegiados. Estos profesionales son los únicos autorizados para realizar la inspección al inmueble, donde se toman medidas de los cerramientos, se analizan los puentes térmicos y se revisan los sistemas de climatización y agua caliente sanitaria. La experiencia de un técnico local en la provincia de Ourense es un valor añadido, ya que conoce las soluciones constructivas típicas de la zona y puede proponer mejoras de eficiencia mucho más realistas y efectivas para el clima gallego.
El parque de 1.161 viviendas en Cortegada presenta una tipología mixta, con un peso importante de viviendas unifamiliares de piedra y ladrillo, así como edificios de baja densidad en el núcleo urbano. Debido a que gran parte del parque residencial fue construido antes de la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación de 2006, la calificación más frecuente suele oscilar entre la E y la G. Los inmuebles sin aislamiento en cámaras o con carpinterías de aluminio sencillo tienden a las letras más bajas. Sin embargo, rehabilitaciones recientes que han incorporado calderas de biomasa (muy comunes en el entorno rural de Galicia) o trasdosados térmicos pueden elevar la nota a una D o C. Para mejorar la letra en esta zona climática C1, las recomendaciones suelen centrarse en la sustitución de vidrios por otros de baja emisividad y la mejora de la eficiencia en los equipos de calefacción.
La normativa que rige la certificación energética en Cortegada es el marco estatal del RD 390/2021, complementado por las disposiciones de la Xunta de Galicia. El órgano encargado de gestionar las etiquetas es el Inega (Instituto Enerxético de Galicia), que supervisa el Rexistro de Certificados de Eficiencia Enerxética de Edificios de Galicia. Al finalizar el trabajo técnico, es obligatorio abonar las tasas autonómicas correspondientes para obtener el código de registro oficial, que es el que valida el documento ante notarios y portales inmobiliarios. Este registro garantiza que la vivienda cumple con los estándares exigidos por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Sin este paso administrativo, el certificado carece de validez legal para cualquier transacción comercial de compraventa o arrendamiento.
No disponer del certificado energético en Cortegada al anunciar una vivienda puede acarrear sanciones económicas considerables según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se dividen en tres niveles: las leves (de 300 a 600€) por anunciar sin mencionar la calificación, las graves (de 601 a 1.000€) por no entregar el certificado al comprador o arrendatario, y las muy graves (de 1.001 a 6.000€) por falsear el resultado o actuar sin ser técnico competente. Además de la multa, la ausencia del CEE puede paralizar una firma ante notario o ser motivo de rescisión de contrato por parte del inquilino. En una localidad como Cortegada, donde el alquiler residencial y la venta de casas de segunda mano son habituales, cumplir con esta normativa es la mejor garantía de seguridad jurídica para el propietario.