El parque de viviendas en Coca de Alba, compuesto por unas 84 unidades, refleja la arquitectura tradicional de la provincia de Salamanca. Predominan las viviendas unifamiliares de planta baja o dos alturas, muchas de ellas construidas antes de la entrada en vigor de la normativa de aislamiento de 1979 (NBE-CT-79). Por ello, es habitual encontrar calificaciones energéticas situadas en las letras E, F o G. Estas viviendas suelen presentar muros de carga de gran espesor pero carecen de rotura de puente térmico en ventanas. Para mejorar la letra en esta zona climática D3, las intervenciones más efectivas suelen ser la sustitución de carpinterías antiguas por sistemas con doble acristalamiento y la instalación de sistemas de calefacción más eficientes, como la aerotermia o calderas de condensación, que pueden elevar la calificación hasta una D o C en rehabilitaciones integrales.
La normativa que rige el certificado energético en Coca de Alba emana del Real Decreto 390/2021 a nivel nacional, pero su ejecución práctica depende de la Junta de Castilla y León. El organismo encargado de gestionar el registro es el Ente Regional de la Energía de Castilla y León (EREN). Este registro es 100% telemático y obligatorio para que el certificado tenga validez jurídica. Al finalizar el proceso, el propietario recibe la Etiqueta Energética Oficial, que muestra el consumo de energía primaria no renovable y las emisiones de CO2. Es vital conservar tanto el informe completo (de unas 10-15 páginas) como la etiqueta, ya que serán requeridos por el notario en caso de venta o deben ser exhibidos en cualquier anuncio publicitario de alquiler.
No disponer del certificado energético en Coca de Alba cuando existe la obligación legal (venta o alquiler) puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013. Las infracciones se categorizan en:
- Leves (300€ a 600€): Publicitar la vivienda sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Vender o alquilar sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Falsear la información del certificado o actuar como técnico sin serlo.
Además de la multa, el contrato de arrendamiento podría ser impugnado por el inquilino, y el notario bloqueará la firma de la escritura de compraventa si el documento no está presente y debidamente registrado en el EREN.