De acuerdo con el RD 390/2021, el certificado debe ser realizado por un técnico competente que posea la titulación académica y profesional habilitante (arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros industriales o ingenieros técnicos). Es obligatorio que el técnico realice una inspección al inmueble presencial para tomar datos de los cerramientos, las ventanas y los sistemas de climatización y agua caliente sanitaria.
Contratar a un técnico colegiado en la provincia de A Coruña asegura que el profesional conoce las particularidades constructivas de la comarca y la normativa específica de Galicia, evitando posibles rechazos en el registro oficial por errores de forma o de cálculo.
Carral cuenta con un parque de 4.057 viviendas con una tipología mixta. Mientras que en el núcleo urbano predominan los bloques de viviendas de las décadas de 1990 y 2000, en las parroquias periféricas abundan las viviendas unifamiliares, muchas de ellas con muros de piedra o sistemas constructivos tradicionales previos a 1980. La calificación energética más común en las viviendas antiguas de la zona suele oscilar entre la E y la G, debido principalmente a la falta de aislamiento en cámaras y ventanas de vidrio sencillo.
Para mejorar esta letra en la zona climática C1, las recomendaciones más efectivas suelen ser el trasdosado de fachadas, el cambio de carpinterías por rotura de puente térmico y la sustitución de calderas de gasoil por sistemas de aerotermia o biomasa, que pueden elevar la calificación hasta una C o B.
En Galicia, el organismo encargado de gestionar los certificados es el Instituto Enerxético de Galicia (INEGA). Tras realizar la visita técnica en Carral, el profesional debe presentar el archivo telemático para obtener la etiqueta energética oficial. Este trámite conlleva el pago de una tasa administrativa que varía según sea vivienda individual, edificio completo o local comercial.
Es fundamental que el propietario conserve el justificante de registro y la etiqueta, ya que serán exigidos por el notario en caso de venta o por el arrendatario en caso de alquiler. El cumplimiento del marco estatal del Ministerio para la Transición Ecológica garantiza que el certificado tenga una validez de 10 años, a menos que la calificación obtenida sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años.
La Ley 8/2013 establece un régimen sancionador estricto para quienes incumplan la obligación de disponer del certificado. Las multas en Carral pueden clasificarse en tres niveles:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar la venta o alquiler de una vivienda sin mencionar su calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Por no entregar el certificado al comprador o arrendatario en el momento del contrato.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como técnico sin serlo.
Además de la multa económica, la ausencia del CEE puede invalidar el contrato de arrendamiento o paralizar una firma ante notario, causando perjuicios mucho mayores que el coste del trámite.