El parque de viviendas de Arcos de la Frontera, compuesto por unas 15.839 unidades, es heterogéneo. En el centro histórico, predominan construcciones tradicionales con muros de gran espesor que ofrecen buena inercia térmica, pero con deficiencias en puentes térmicos, obteniendo habitualmente calificaciones E o F. Las viviendas construidas entre 1980 y 2007 suelen situarse en la letra E debido a aislamientos insuficientes bajo estándares actuales. Para mejorar la nota en la zona climática A4, las recomendaciones más efectivas suelen ser la sustitución de ventanas por carpinterías con rotura de puente térmico y la instalación de sistemas de aerotermia o aire acondicionado de alta eficiencia (clase A++), fundamentales para los veranos intensos de la provincia de Cádiz.
El marco legal estatal lo dicta el Real Decreto 390/2021, pero la gestión administrativa recae en la Junta de Andalucía a través de la Agencia Andaluza de la Energía. El registro se realiza mediante el sistema PUE (Tramitación Electrónica), donde se deposita el archivo .xml generado por el técnico. Es fundamental que el certificado esté debidamente registrado para que tenga validez legal ante el Ministerio para la Transición Ecológica. Una vez finalizado el trámite, el propietario recibe la Etiqueta Energética Andaluza, que debe incluirse obligatoriamente en cualquier anuncio publicitario en portales inmobiliarios, indicando claramente los indicadores de consumo de energía primaria no renovable y las emisiones de CO2.
No disponer del certificado energético vigente en Arcos de la Frontera puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones leves, como anunciar la venta o alquiler sin mencionar la calificación, conllevan multas de 300 a 600 euros. Las infracciones graves, como vender un inmueble sin entregar el certificado al comprador, pueden alcanzar los 1.000 euros, mientras que el falseamiento de datos se considera infracción muy grave con multas de hasta 6.000 euros. Además de la multa, el contrato de arrendamiento podría ser impugnado por el inquilino y la compraventa podría sufrir retrasos significativos en la fase de notaría.