El parque inmobiliario de Aldeanueva de la Sierra, compuesto por 111 unidades habitacionales, presenta características típicas de los núcleos rurales salmantinos. Gran parte de las construcciones son anteriores a la entrada en vigor del CTE de 2006, lo que suele resultar en calificaciones energéticas situadas entre las letras E y G. Las viviendas unifamiliares de piedra o ladrillo tradicional sin aislamiento térmico específico son las más comunes. En esta zona climática D3, las mayores pérdidas de energía se producen a través de cubiertas y muros exteriores. Para mejorar la letra en la etiqueta, las intervenciones más efectivas suelen ser el trasdosado de muros con aislante, el cambio de ventanas por modelos con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos, y la sustitución de calderas antiguas de gasoil por sistemas de aerotermia o biomasa, muy eficientes en entornos rurales.
La normativa que regula la certificación energética en Aldeanueva de la Sierra se asienta sobre el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional. En el ámbito autonómico, la gestión corresponde al Ente Regional de la Energía de Castilla y León (EREN), organismo dependiente de la Junta de Castilla y León. El registro es obligatorio y debe realizarse de forma telemática por el técnico o el propietario. Una vez registrado, se genera la etiqueta energética oficial, que tiene una validez de 10 años, excepto cuando la calificación es de clase G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Es fundamental conservar el justificante de registro y la etiqueta, ya que son documentos requeridos por el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en cualquier inspección o trámite de subvenciones para mejora de eficiencia.
No disponer del certificado energético en vigor para anunciar, vender o alquilar una vivienda en Aldeanueva de la Sierra puede acarrear sanciones económicas considerables según la Ley 8/2013. Las infracciones se clasifican en:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar un inmueble sin mencionar su calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar sin entregar el certificado al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información o actuar como certificador sin ser técnico competente.
Además de la multa, la ausencia del CEE puede paralizar una venta ante notario o ser motivo de rescisión de un contrato de alquiler por parte del inquilino, al considerarse un incumplimiento de los derechos del consumidor.