La normativa vigente estipula que solo técnicos competentes con titulación habilitante pueden emitir un certificado de eficiencia energética en Zas. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros industriales e ingenieros técnicos, todos ellos debidamente colegiados en sus respectivos colegios profesionales de A Coruña o Galicia. La labor del técnico es fundamental, pues debe realizar una inspección al inmueble obligatoria para verificar datos críticos: composición de cerramientos, tipo de carpinterías (ventanas), sistemas de producción de agua caliente sanitaria y equipos de climatización. Confiar en un profesional local garantiza un conocimiento profundo de las soluciones constructivas típicas de la zona, asegurando una calificación ajustada a la realidad del edificio.
El parque inmobiliario de Zas, compuesto por unas 4.349 unidades, presenta una tipología mixta donde predominan las viviendas unifamiliares aisladas en núcleos rurales y bloques de pisos en el casco urbano. Debido a que gran parte de las construcciones son anteriores a la normativa de 1979 o se rigen por la NBE-CT 79, la calificación energética más habitual en la zona oscila entre las letras E y G. La ubicación en la zona climática C1 implica inviernos fríos que penalizan el consumo en calefacción. Para mejorar la nota y alcanzar una D o C, las intervenciones más efectivas en Zas suelen ser el trasdosado de fachadas con aislante térmico, la sustitución de ventanas antiguas por vidrios bajo emisivos y el cambio de calderas de gasoil por sistemas de aerotermia o biomasa, muy eficientes en entornos rurales.
El marco legal que regula el certificado energético Zas es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional. En el ámbito autonómico, la competencia recae en la Xunta de Galicia a través del INEGA (Instituto Enerxético de Galicia), que gestiona el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios. Es obligatorio que el certificado esté debidamente inscrito en este registro oficial para que la etiqueta tenga validez legal ante notarios y portales inmobiliarios. La normativa gallega exige que cualquier anuncio de venta o alquiler incluya la escala de consumo y emisiones. Una vez registrado, el documento tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación obtenida sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la última actualización legislativa.
No disponer del certificado energético vigente en Zas puede acarrear sanciones económicas considerables según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se dividen en tres niveles: las leves (300€ a 600€) por anunciar un piso sin mencionar su calificación; las graves (601€ a 1.000€) por vender o alquilar sin entregar el certificado al comprador o arrendatario; y las muy graves (1.001€ a 6.000€) por falsear la información. Además de las multas, la ausencia de este documento puede paralizar la firma de una escritura ante notario en A Coruña o derivar en la anulación del contrato de alquiler por incumplimiento de los requisitos legales exigidos por el Ministerio para la Transición Ecológica.