Setenil de las Bodegas posee un parque inmobiliario de 1.764 unidades con características muy heterogéneas. La tipología predominante es la vivienda unifamiliar adosada y, de manera muy especial, las casas-cueva integradas en el tajo del río Guadalporcún. Debido a que gran parte del casco urbano fue construido con anterioridad a la normativa de aislamiento térmico de 1979 (NBE-CT-79), es habitual encontrar calificaciones de tipo E o F en las zonas más antiguas. Sin embargo, las viviendas integradas en la roca disfrutan de una inercia térmica excepcional que puede mejorar sorprendentemente su eficiencia en verano. Para mejorar la letra en el certificado, las intervenciones más recomendadas en Setenil incluyen la sustitución de vidrios sencillos por doble acristalamiento con rotura de puente térmico y la instalación de sistemas de aerotermia, que aprovechan la alta radiación solar de la zona climática A4 para reducir el consumo eléctrico en más de un 40%.
La normativa que regula la eficiencia energética en Setenil de las Bodegas se asienta sobre el RD 390/2021 a nivel nacional y la normativa específica de la Junta de Andalucía. El órgano encargado de la gestión es la Consejería de Industria, Energía y Minas, a través del Registro de Certificados Energéticos de Andalucía (PUEE). Es fundamental que el certificado sea registrado oficialmente; de lo contrario, el documento carece de validez legal para su presentación ante notario. A diferencia de otras regiones, Andalucía no cobra tasas administrativas por el registro de viviendas existentes a fecha de hoy, lo que simplifica el trámite. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, junto con el IDAE, supervisan que estas certificaciones cumplan con los objetivos europeos de descarbonización. Una vez registrado, el certificado tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la última actualización legislativa.
No disponer del certificado energético Setenil de las Bodegas al anunciar una vivienda puede conllevar sanciones graves según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las multas se dividen en tres categorías: leves (300€ a 600€) por anunciar sin la etiqueta; graves (601€ a 1.000€) por vender o alquilar sin entregar el certificado; y muy graves (1.001€ a 6.000€) por falsear la información. En una localidad con una creciente oferta de alojamiento turístico como Setenil, el control sobre el cumplimiento de esta normativa es cada vez más estricto, tanto por parte de las plataformas de reserva como de la administración autonómica. Además de la multa, el contrato de alquiler podría ser impugnado por el arrendatario y el vendedor podría enfrentarse a demandas por vicios ocultos si no informa debidamente sobre el gasto energético del inmueble.