De acuerdo con la normativa vigente, el certificado solo puede ser emitido por técnicos competentes que posean la titulación académica habilitante. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros industriales o ingenieros técnicos, todos ellos debidamente colegiados. En una localidad rural como Santa Elena, es fundamental que el técnico conozca las particularidades constructivas de la provincia de Jaén. La normativa (RD 390/2021) prohíbe explícitamente la emisión de certificados sin la previa inspección al inmueble. El técnico debe personarse físicamente para verificar las medidas de las estancias, el tipo de cerramientos, el estado de las ventanas y la eficiencia de los equipos de climatización. Contratar a un profesional cualificado no solo garantiza la legalidad del trámite, sino que asegura una calificación justa que no penalice el valor de tu propiedad.
El parque inmobiliario de Santa Elena, compuesto por unas 561 unidades, presenta características propias de un núcleo rural con historia. Gran parte de las viviendas fueron construidas antes de la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación de 2006, lo que suele traducirse en calificaciones energéticas situadas entre las letras E y G. Las viviendas unifamiliares predominantes a menudo presentan pérdidas de calor por cubiertas no aisladas. Dado que Santa Elena se encuentra en la zona climática D3, los inmuebles sufren inviernos rigurosos. Para mejorar la letra en la etiqueta, las intervenciones más efectivas en esta zona suelen ser la instalación de doble acristalamiento con rotura de puente térmico y el aislamiento de techos. Una vivienda que haya reformado sus cerramientos o instalado sistemas de aerotermia recientemente podría alcanzar fácilmente una calificación C o D, aumentando significativamente su atractivo en el mercado de alquiler o venta.
Toda certificación en Santa Elena debe cumplir con el marco estatal del RD 390/2021. En el ámbito autonómico, la gestión recae sobre el Registro de Certificados Energéticos de Andalucía, dependiente de la Consejería de Industria, Energía y Minas. El procedimiento es estrictamente telemático. Una vez registrado, se obtiene la Etiqueta de Eficiencia Energética, que es el documento visual que los portales inmobiliarios exigen para publicar cualquier anuncio. Es vital recordar que la etiqueta debe incluir el número de registro oficial para ser válida ante notario. Fuentes oficiales como el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica supervisan que estos registros se realicen correctamente para fomentar el ahorro energético nacional y cumplir con los objetivos europeos de descarbonización para el año 2050.
La Ley 8/2013 establece un régimen sancionador estricto para proteger a los consumidores. En Santa Elena, no disponer del certificado energético vigente al anunciar una vivienda puede acarrear multas que oscilan entre los 300€ y los 6.000€. Las infracciones leves (de 300€ a 600€) incluyen publicitar el inmueble sin mencionar la calificación energética. Las graves (de 601€ a 1.000€) se aplican si se vende o alquila el inmueble sin entregar el certificado al comprador o arrendatario. Por último, falsear los datos del certificado se considera una infracción muy grave con multas de hasta 6.000€. Además de la sanción económica, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el receptor, generando un problema legal y financiero de mayor envergadura para el propietario.