El parque inmobiliario de Santa Cruz del Retamar, compuesto por unas 3.781 viviendas, presenta una dualidad clara. Por un lado, el casco antiguo cuenta con edificaciones de construcción tradicional donde es habitual obtener calificaciones energéticas bajas, entre la E y la G, debido a la falta de aislamiento térmico en muros. Por otro lado, las urbanizaciones y zonas de expansión como Calalberche, desarrolladas significativamente entre 1990 y 2010, suelen situarse en una letra E o D.
Para mejorar la nota energética en esta zona, las recomendaciones más efectivas suelen ser el trasdosado interior con lana de roca y la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico. Dado que Santa Cruz del Retamar sufre inviernos fríos, mejorar la eficiencia del sistema de calefacción mediante calderas de condensación o aerotermia puede subir la calificación hasta dos letras, incrementando el valor de mercado del inmueble.
El marco legal que regula este trámite es el Real Decreto 390/2021 a nivel estatal. En el ámbito autonómico, el registro se realiza a través de la oficina virtual de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha. Es obligatorio que el certificado esté registrado para que tenga validez legal ante notario o para su publicación en portales inmobiliarios.
Una vez registrado, se obtiene la etiqueta energética oficial, que tiene una validez máxima de 10 años, salvo que la calificación sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Los datos son volcados al sistema del IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía), permitiendo la trazabilidad de la eficiencia energética del parque edificado español.
No disponer del certificado energético en Santa Cruz del Retamar si se anuncia la vivienda para venta o alquiler puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013. Las infracciones se clasifican en:
- Leves (300€ a 600€): Publicitar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Vender o alquilar el inmueble sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Falsear la información del certificado o actuar como técnico certificador sin serlo.
En una localidad con alta rotación en zonas residenciales y urbanizaciones, las inspecciones de consumo son frecuentes, especialmente tras denuncias de inquilinos o por comprobaciones de oficio en portales digitales.