El parque de 717 viviendas de Sancti-Spíritus presenta una tipología mixta, donde predominan las viviendas unifamiliares de arquitectura tradicional y algunas promociones de finales del siglo XX. Debido a que gran parte de las edificaciones son anteriores al Código Técnico de la Edificación de 2006, la calificación energética más habitual se sitúa entre las letras E y G.
Las viviendas construidas antes de 1980 suelen carecer de aislamiento en cámaras de aire, lo que penaliza la nota final. Sin embargo, en Sancti-Spíritus es común encontrar mejoras realizadas por los propietarios, como la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías de PVC con rotura de puente térmico y doble acristalamiento, lo que puede elevar la calificación a una D o incluso C si se combina con calderas de condensación o sistemas de biomasa (pellets), muy eficientes en este entorno rural. Una vivienda con letra A o B es excepcional y suele reservarse para obra nueva con aerotermia y aislamiento reforzado.
La normativa que rige el certificado energético en Sancti-Spíritus emana del Real Decreto 390/2021 a nivel estatal y del Decreto 21/2007 en el ámbito de Castilla y León. El organismo encargado de gestionar el registro es el Ente Regional de la Energía (EREN), dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda.
Al finalizar la inspección y el cálculo, el técnico debe inscribir el certificado en la plataforma telemática de la Junta de Castilla y León. Es importante destacar que el certificado no tiene validez legal plena hasta que no cuenta con su número de registro y se genera la etiqueta energética oficial. Esta etiqueta es la que debe figurar en cualquier anuncio publicitario en portales como Idealista o Fotocasa, según exige el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. El cumplimiento de este trámite garantiza que la información sobre consumo de energía primaria no renovable y emisiones de CO2 sea veraz para el consumidor final.
No disponer del certificado energético en Sancti-Spíritus ante una inspección o denuncia puede acarrear graves consecuencias económicas según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se dividen en tres niveles:
- Leves (300€ a 600€): Publicitar la venta o alquiler de una vivienda sin mencionar su calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Vender o alquilar el inmueble sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Falsear la información del certificado o actuar como técnico certificador sin cumplir los requisitos legales.
En una localidad con un mercado de alquiler residencial y de segunda residencia, la vigilancia de estas obligaciones ha aumentado. Además, el notario bloqueará la firma de cualquier escritura de compraventa si el certificado no está presente y debidamente registrado en el EREN.