De acuerdo con la normativa vigente, solo pueden emitir el certificado de eficiencia energética en San Andrés del Rey aquellos profesionales que posean la titulación académica y profesional habilitante. Esto incluye a arquitectos, aparejadores, ingenieros industriales e ingenieros técnicos, todos ellos debidamente colegiados. Es fundamental que el técnico realice una inspección al inmueble presencial para tomar datos de cerramientos, huecos, orientación y sistemas de climatización. No confíe en ofertas que omitan la visita, ya que el certificado carecería de validez legal y podría acarrear sanciones administrativas graves tanto para el técnico como para el propietario.
El parque de viviendas de San Andrés del Rey, compuesto mayoritariamente por 97 unidades, presenta una tipología predominantemente de casas de pueblo y unifamiliares. Dada la antigüedad media de las construcciones, muchas de ellas anteriores a la normativa térmica de 1979, la calificación energética más habitual oscila entre las letras E y G. Al encontrarse en la zona climática D3, las viviendas sufren una alta demanda de calefacción en invierno. Las mejoras que más incrementan la eficiencia en esta zona son el trasdosado de fachadas con aislamiento térmico y la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico y doble acristalamiento, pudiendo subir hasta dos letras en la escala de eficiencia.
El marco legal principal es el Real Decreto 390/2021, que regula las condiciones básicas para la certificación. En el ámbito regional, el registro es gestionado por la Dirección General de Transición Energética de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a través del RECAM (Registro Energético de Castilla-La Mancha). El técnico debe presentar el archivo .xml generado por el programa de cálculo junto con el informe en PDF firmado digitalmente. Una vez registrado, el propietario recibe la etiqueta energética oficial, que tiene una validez máxima de 10 años, salvo que la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la nueva normativa.
No contar con el certificado energético para anunciar, vender o alquilar una vivienda en San Andrés del Rey puede conllevar sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones leves, como anunciar un inmueble sin mencionar su calificación, pueden suponer multas de 300€ a 600€. Las infracciones graves, como vender o alquilar sin entregar el certificado al comprador o arrendatario, oscilan entre 601€ y 1.000€. Por último, las infracciones muy graves, como falsear el resultado del certificado, pueden alcanzar los 6.000€. Además, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el interesado.