Renedo de Esgueva ha experimentado un crecimiento notable, pasando de ser un núcleo rural tradicional a una zona residencial moderna cercana a la capital vallisoletana. El parque de 1415 viviendas presenta dos tipologías claras. Por un lado, las viviendas del casco antiguo, muchas construidas antes de 1980, suelen obtener calificaciones E, F o G debido a la falta de aislamiento térmico en muros. Por otro lado, las urbanizaciones unifamiliares de reciente creación, como las situadas en el entorno de Puerta de Casasola, suelen alcanzar letras C o D gracias al uso de doble acristalamiento y cámaras de aire con aislante. Para mejorar la nota en esta zona de clima D3, las acciones más efectivas suelen ser el trasdosado interior de fachadas y la sustitución de calderas de gasoil por sistemas de aerotermia o pellets, adaptándose mejor a las exigencias de ahorro energético actuales.
La normativa que rige la certificación en Renedo de Esgueva es el RD 390/2021 a nivel estatal, complementado por las directrices de la Junta de Castilla y León. El órgano competente para la gestión y supervisión de estos certificados es el EREN (Ente Regional de la Energía de Castilla y León). El registro es obligatorio y debe realizarse de forma telemática por el técnico o el propietario. Una vez registrado, se emite la Etiqueta Energética oficial, que incluye el código de registro y la validez del documento. Este proceso asegura que la información sobre el consumo de energía primaria no renovable y las emisiones de CO2 sea veraz y pública para cualquier potencial comprador o arrendatario, siguiendo las bases de datos del Ministerio para la Transición Ecológica.
No disponer del certificado energético vigente en Renedo de Esgueva puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se dividen en tres categorías: las leves (300€ a 600€), por anunciar un inmueble sin mencionar la calificación; las graves (601€ a 1.000€), por no entregar el certificado al comprador o inquilino; y las muy graves (1.001€ a 6.000€), por falsear el resultado de la calificación. En una localidad con alta rotación de alquiler residencial y creciente mercado de compraventa, las inspecciones de la administración y las denuncias de los consumidores son cada vez más frecuentes. Además, la ausencia del CEE puede invalidar el contrato de arrendamiento o paralizar la firma de una escritura pública ante notario.