La normativa vigente exige que el certificado de eficiencia energética en Polícar sea suscrito por un técnico competente. Este perfil corresponde exclusivamente a profesionales con titulación en arquitectura, arquitectura técnica, ingeniería o ingeniería técnica, debidamente colegiados. En nuestra red, contamos con técnicos que conocen perfectamente la arquitectura tradicional de la comarca de Guadix, lo que asegura una valoración precisa de los muros de carga y las cubiertas típicas de la zona. El técnico es el responsable legal de realizar la inspección al inmueble, comprobar las orientaciones y verificar que los equipos de agua caliente sanitaria y calefacción coinciden con la realidad de la vivienda, cumpliendo estrictamente con el RD 390/2021.
El parque de viviendas en Polícar, compuesto por unas 165 unidades, presenta una tipología mayoritariamente de viviendas unifamiliares aisladas o adosadas en entorno rural. Debido a que gran parte de estas construcciones son anteriores al Código Técnico de la Edificación de 2006, la calificación energética más habitual suele situarse entre las letras E y G. Las viviendas más antiguas suelen carecer de aislamiento en cámaras de aire, lo que penaliza la nota final. Sin embargo, en Polícar, las reformas que incluyen la sustitución de carpinterías antiguas por ventanas de PVC con rotura de puente térmico y la instalación de calderas de biomasa o pellets pueden elevar la calificación hasta una D o C, mejorando notablemente el valor de mercado del inmueble y el confort térmico en una zona de inviernos fríos como es la altitud de Polícar.
El marco normativo que regula este trámite en Polícar es el Real Decreto 390/2021 a nivel estatal y la normativa específica de la Junta de Andalucía. El órgano competente para la gestión de estos expedientes es la Consejería de Industria, Energía y Minas, a través del Registro de Certificados Energéticos de Andalucía. Es obligatorio que el certificado esté registrado para que tenga validez legal ante notario. Una vez registrado, se emite la etiqueta energética oficial, que tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Para tramitar subvenciones de rehabilitación energética, como los fondos Next Generation, disponer de este certificado registrado es el primer requisito indispensable exigido por el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica.
No disponer del certificado energético para anunciar, vender o alquilar un inmueble en Polícar conlleva sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se categorizan en:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar un inmueble sin mencionar su calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como técnico sin serlo.
Además de la multa, el contrato de compraventa podría ser impugnado por el comprador, generando un riesgo jurídico innecesario para el propietario.