Según el Real Decreto 390/2021, solo los técnicos competentes están autorizados para emitir este documento. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos (aparejadores), ingenieros industriales o ingenieros técnicos industriales, todos ellos debidamente colegiados. En Pegalajar, trabajamos con profesionales de la zona de Jaén que conocen perfectamente la arquitectura tradicional de la comarca y los materiales de construcción predominantes. La inspección al inmueble es un requisito legal ineludible; el técnico debe acudir físicamente a la propiedad para medir fachadas, comprobar huecos (ventanas), revisar el sistema de agua caliente sanitaria y los equipos de climatización. No confíes en servicios que prometen el certificado sin desplazamiento, ya que carecen de validez legal y pueden derivar en sanciones administrativas graves tanto para el técnico como para el propietario.
El parque de 1.867 viviendas en Pegalajar presenta una tipología mixta. El casco antiguo se caracteriza por viviendas unifamiliares entre medianeras con muros de carga de gran espesor, lo que otorga una inercia térmica aceptable pero con deficiencias en aislamiento de cubiertas. La edad media de las construcciones ronda los 40-50 años, lo que sitúa la calificación energética típica entre las letras E y G. Las viviendas construidas bajo el amparo del Código Técnico de la Edificación (post-2007) suelen alcanzar letras C o D. Para mejorar la nota en Pegalajar, las intervenciones más efectivas suelen ser el trasdosado de fachadas con aislamiento de lana de roca, el cambio de ventanas simples por carpinterías con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos, y la sustitución de calderas antiguas por sistemas de aerotermia o biomasa, muy comunes en la provincia de Jaén debido a la disponibilidad de subproductos del olivar.
En la Comunidad Autónoma de Andalucía, el organismo encargado de gestionar estos expedientes es la Consejería con competencias en energía, a través del sistema PUES (Tramitación Telemática de Certificados de Eficiencia Energética). La normativa andaluza exige que cualquier certificado sea registrado oficialmente para que tenga validez legal ante notario. El RD 390/2021 es el marco estatal que regula la obligatoriedad, ampliando los casos en los que se exige el certificado, incluyendo ahora a edificios de más de 500 m2 de uso público o viviendas destinadas a alquiler vacacional en ciertos supuestos. Al finalizar el registro, el sistema genera la etiqueta energética oficial, que incluye el número de registro, esencial para que los contratos de arrendamiento sean depositados correctamente en la administración autonómica. Este trámite garantiza que la información de consumo de energía primaria y emisiones de CO2 es veraz y sigue los estándares del IDAE.
No disponer del certificado energético vigente en Pegalajar puede acarrear sanciones económicas considerables según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se dividen en:
- Leves (300€ a 600€): Publicar el anuncio de venta o alquiler sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Vender o alquilar el inmueble sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Falsear la información del certificado o actuar como técnico sin tener la titulación requerida.
Además de la multa, el contrato de compraventa podría ser impugnado por el comprador por incumplimiento de los deberes de información, lo que generaría un problema legal mucho mayor que el coste de realizar el trámite correctamente desde el principio.