El parque de viviendas de Negueira de Muñiz, con apenas 192 unidades censadas, se caracteriza por una tipología mayoritariamente de unifamiliares aisladas en núcleos rurales. Gran parte de estas construcciones son anteriores a 1980, careciendo de aislamiento térmico en cámaras de aire, lo que suele resultar en calificaciones energéticas situadas entre las letras E y G. La zona climática C1 implica una alta demanda de calefacción en invierno. Para mejorar la letra en el certificado, las recomendaciones más efectivas en la zona suelen ser la sustitución de ventanas por vidrios bajo emisivos y la instalación de sistemas de biomasa o aerotermia, que pueden elevar la calificación hasta una D o C, incrementando notablemente el valor de mercado de la vivienda en Galicia.
El marco normativo estatal lo dicta el RD 390/2021, pero la gestión autonómica en Galicia compete al INEGA (Instituto Enerxético de Galicia). Es obligatorio registrar el certificado en el Rexistro de Certificados de Eficiencia Enerxética de Edificios de Galicia para que tenga validez legal ante notario. La tasa actual para una vivienda individual incluye una parte fija de 5 euros. Una vez registrado, se emite la etiqueta energética oficial, que debe incluirse en cualquier anuncio publicitario de venta o alquiler en portales inmobiliarios. El cumplimiento de este trámite es supervisado por la administración autonómica siguiendo las directrices del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
La Ley 8/2013 establece sanciones económicas estrictas para quienes no cumplan con la obligación de disponer del certificado. En Negueira de Muñiz, las multas pueden oscilar entre los 300€ y los 6.000€ dependiendo de la gravedad de la infracción. Publicitar una vivienda en alquiler sin mencionar la calificación energética se considera una infracción leve. No entregar el certificado original al comprador en una operación de venta se tipifica como grave. Además de la multa, la ausencia del CEE puede paralizar la firma de una escritura ante notario o provocar la nulidad del contrato de arrendamiento, ya que el inquilino podría reclamar daños y perjuicios por falta de información sobre los gastos energéticos previstos.