El parque de viviendas en Navarredonda y San Mamés, compuesto por unas 323 unidades, presenta una tipología mayoritariamente de vivienda unifamiliar aislada o adosada, característica de los núcleos rurales de la Sierra de Guadarrama. Debido a su ubicación en la zona climática D3, los inviernos son rigurosos, lo que penaliza las calificaciones si no existen reformas recientes. Los inmuebles construidos antes de 1980 suelen obtener una calificación E o G debido a la ausencia de aislamiento térmico en cámaras de aire. Por el contrario, las rehabilitaciones que han incluido carpinterías con rotura de puente térmico y calderas de biomasa o aerotermia pueden alcanzar fácilmente una letra C o D. Para mejorar la eficiencia en esta zona, las intervenciones más rentables suelen ser el trasdosado de muros y el aislamiento de bajo cubierta.
El marco normativo principal es el Real Decreto 390/2021, que amplía la obligación de disponer de certificado a locales y edificios de más de 500 m². En la Comunidad de Madrid, el organismo encargado de la gestión es la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética. Es fundamental que el certificado sea registrado oficialmente para que tenga validez jurídica frente a notarios y registradores de la propiedad. Una vez registrado, se obtiene la etiqueta energética, que tiene una validez de 10 años, salvo en los casos donde la calificación sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Toda la tramitación se realiza conforme a las directrices del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
No disponer del certificado energético en Navarredonda y San Mamés al anunciar una vivienda puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones leves, como publicar un anuncio en portales inmobiliarios sin mostrar la calificación, conllevan multas de 300€ a 600€. Las infracciones graves o muy graves, como falsear el resultado o vender el inmueble sin entregar el certificado original al comprador, pueden alcanzar los 6.000€. Además de la multa, el contrato de compraventa o arrendamiento podría ser impugnado por el receptor de la propiedad al no haber sido informado correctamente sobre los gastos energéticos futuros del inmueble.