El parque de viviendas de Cobeja, compuesto por unas 1.202 unidades, presenta una mezcla interesante entre el casco antiguo y las zonas de expansión desarrolladas entre 1995 y 2010. En el centro urbano, predominan las viviendas unifamiliares de construcción tradicional donde la calificación más común suele ser la E o F, debido a la ausencia de aislamiento en cámaras de aire y ventanas de vidrio sencillo. Por el contrario, en las urbanizaciones más recientes, es habitual alcanzar una letra D. Dado que Cobeja se sitúa en la zona climática D3, las mejoras que más impacto tienen en la nota final son la instalación de trasdosados con aislamiento térmico y la sustitución de calderas de gasoil por sistemas de aerotermia o biomasa, permitiendo subir hasta dos letras en la escala de eficiencia y reduciendo las facturas de suministros hasta un 40%.
El marco normativo principal es el Real Decreto 390/2021, que establece la obligación de mostrar la etiqueta energética en cualquier anuncio de venta o alquiler. En el ámbito regional, el órgano encargado de la gestión es la Dirección General de Transición Energética de Castilla-La Mancha. El registro se realiza de forma telemática y, a diferencia de comunidades como Madrid o Valencia, Castilla-La Mancha destaca por no aplicar tasas administrativas a la inscripción de certificados residenciales, lo que supone un ahorro directo para el ciudadano de Cobeja. Una vez registrado, el certificado tiene una validez máxima de 10 años, excepto si la calificación obtenida es una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la última actualización legislativa.
El incumplimiento de la normativa sobre eficiencia energética en Cobeja puede conllevar sanciones graves. Según la Ley 8/2013, las multas se dividen en tres categorías: leves (300€ a 600€) por anunciar la vivienda sin mencionar la calificación; graves (601€ a 1.000€) por vender o alquilar sin entregar el certificado válido; y muy graves (1.001€ a 6.000€) por falsear el resultado del documento. Además de la sanción económica, la ausencia del certificado puede paralizar una venta en notaría o ser motivo de rescisión de contrato de alquiler por parte del inquilino. Teniendo en cuenta que el coste del trámite es mínimo comparado con las multas, es altamente recomendable contratar el certificado antes de iniciar cualquier acción comercial.