El parque de viviendas de Aspariegos, compuesto por unas 252 unidades, presenta una tipología predominantemente rural con viviendas unifamiliares de muros de carga de piedra o ladrillo. Dado que gran parte de estas construcciones son anteriores al CTE de 2006, la calificación energética más común suele situarse entre las letras E y G. La zona climática D3 exige un buen aislamiento para combatir los rigores térmicos. Las mejoras más efectivas en esta zona para subir la letra en la escala de eficiencia incluyen el trasdosado de fachadas con aislante térmico, la sustitución de ventanas antiguas por modelos con rotura de puente térmico y la actualización de calderas de gasoil por sistemas de aerotermia o biomasa, muy comunes en entornos rurales de Castilla y León.
La tramitación del certificado de eficiencia energética Aspariegos está sujeta a la normativa autonómica que complementa al Real Decreto estatal. En Castilla y León, el órgano competente es el Ente Regional de la Energía (EREN). Tras realizar la inspección técnica, el documento debe presentarse telemáticamente en este registro para obtener la etiqueta oficial. Es fundamental que el certificado esté firmado digitalmente por el técnico. El IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica supervisan que estos registros cumplan con los estándares europeos de ahorro energético. Una vez registrado, el certificado tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la última actualización legislativa.
No disponer del certificado energético para anunciar, vender o alquilar una propiedad en Aspariegos conlleva riesgos legales y financieros. Según la Ley 8/2013, las infracciones se dividen en tres niveles. Las multas leves (de 300 a 600 euros) se imponen por publicitar un inmueble sin mencionar su calificación. Las graves (de 601 a 1.000 euros) ocurren cuando no se entrega el certificado al comprador o arrendatario. Por último, las muy graves pueden alcanzar los 6.000 euros en casos de falsedad documental. Además de la sanción, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el interesado, generando una inseguridad jurídica innecesaria para el propietario.