Anquela del Ducado presenta un parque de aproximadamente 154 unidades inmobiliarias, donde predominan las construcciones unifamiliares de arquitectura tradicional y algunas viviendas de mediados del siglo XX. Debido a su ubicación en la zona climática D3, el aislamiento térmico es el factor determinante. La mayoría de las viviendas construidas antes de la normativa de 1979 suelen obtener una calificación energética E, F o G.
Para mejorar esta letra y reducir la factura de calefacción, las recomendaciones técnicas en esta zona suelen centrarse en la sustitución de ventanas por vidrios bajo emisivos y la instalación de calderas de biomasa o aerotermia, dada la disponibilidad de espacio en viviendas unifamiliares. Una mejora en el aislamiento de la cubierta puede subir hasta dos letras en la escala de eficiencia energética.
El marco legal que regula este trámite es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional. En el ámbito autonómico, el registro se realiza a través de la Dirección General de Transición Energética de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Es obligatorio que el certificado esté inscrito en este registro público para que la etiqueta energética tenga validez legal ante terceros.
El propietario es el responsable legal de encargar el certificado y conservarlo durante sus 10 años de validez. Las fuentes oficiales como el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica recalcan que la etiqueta debe incluirse en cualquier anuncio publicitario de venta o alquiler, siendo Guadalajara una provincia con vigilancia activa sobre el cumplimiento de esta normativa en portales inmobiliarios.
No disponer del certificado energético en Anquela del Ducado al anunciar una propiedad puede conllevar sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación urbana. Las multas se dividen en:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar el inmueble sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar sin entregar el certificado al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información o actuar sin ser técnico competente.
Más allá de la multa, el contrato de compraventa o arrendamiento podría ser impugnado por el adquirente al faltar un documento obligatorio por ley, lo que generaría un problema jurídico mayor para el propietario.